Convenio internacional sobre normas de formación
Actualmente, existe un Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar, del año 1995 (STCW 95), que establece las competencias académicas y prácticas profesionales que deben cumplir tanto los oficiales como los tripulantes de Marina Mercante.
En Chile, el convenio STCW 95 se aplica a través del «Reglamento sobre formación, titulación y carrera profesional del personal embarcado” D.S. Nº 90 de Junio de 1999, de la DGTM.
Este reglamento exige para los oficiales un programa de estudios de ocho semestres lectivos y un año de práctica de embarco.
Para Radioelectrónico Segundo, seis semestres lectivos y seis meses de práctica.
Para Piloto Regional y Motorista Segundo, cuatro semestres lectivos y seis meses de práctica.
Para Tripulante de Marina Mercante, se exigen seis meses lectivos y dos meses de práctica de embarco.