Norma internacional aumentará la fluidez en los puertos

El derecho de permiso de tierra para la gente de mar fue reforzado a través de una enmienda que entró en vigor el 1 de enero de 2018 en todo el mundo, en virtud del tratado que busca que el tránsito de personas, cargas y pasajeros en los puertos discurra de manera fluida, infomró la Organización Marítima Internacional.

Las enmiendas al Convenio para facilitar el tránsito marítimo internacional incorporan un nuevo requisito que exige a los gobiernos introducir el intercambio electrónico de información, incluido el intercambio electrónico de datos (EDI), para transmitir información relacionada con el transporte marítimo. Esta medida debe estar activa al 8 de abril de 2019, con la disposición de un periodo de transición de al menos 12 meses durante los cuales tanto los documentos de papel como los electrónicos serán permitidos.

La “ventanilla única” para los datos es la mejor manera de que se presenten en un solo punto de entrada todos los datos exigidos sobre la llegada, permanencia en puerto y salida de los buques, las personas y la carga, con objeto de evitar la duplicación.

El permiso de tierra

La enmienda a la norma internacional sobre el permiso de tierra añade una disposición para permitir desembarcar a los tripulantes mientras el buque en el que lleguen permanezca en puerto. La nueva disposición dice que no puede haber discriminación por nacionalidad, raza, color, sexo, religión, opinión política u origen social. Este permiso debe ser concedido, con independencia del Estado de abanderamiento del buque en el que trabajen o estén empleados o contratados.

Si una solicitud es rechazada, las autoridades públicas pertinentes deben proporcionar una explicación al miembro de la tripulación y al Capitán, quienes pueden solicitar que les sea entregada por escrito.

Protección marítima

La sección sobre evitar el polizonaje ha sido actualizada y ampliada. Se recomienda a las autoridades nacionales aplicar los procedimientos operacionales equivalentes a aquellos estipulados por el Código internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias (Código PBIP) de la OMI para prevenir que los polizones accedan al buque.

La nueva norma requiere incorporar motivos jurídicos que les permitan a los Gobiernos enjuiciar a los polizones, polizones frustrados y personas o compañías que ayuden a un polizón con el fin de facilitar su acceso a la zona portuaria, al buque, a la carga o a los contenedores.

Los impresos de facilitación actualizados abarcan la declaración general; la declaración de carga; la declaración de provisiones del buque; la declaración de efectos de la tripulación; la lista de la tripulación; la lista de pasajeros y el manifiesto de mercancías peligrosas.

Han sido introducidos tres documentos adicionales que pueden ser requeridos a los buques por las autoridades en tierra: la información sobre protección exigida en virtud del Convenio SOLAS, la información electrónica previa sobre la carga a los efectos de la evaluación de los riesgos aduaneros y el impreso de notificación previa de la entrega de desechos a las instalaciones portuarias de recepción, cuando se haya comunicado a la Organización.

Por: Mundo Marítimo.